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Art. 40

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Graduación de la cuantía de las sanciones

La cuantía de las multas que se impongan se graduará atendiendo a los siguientes criterios:

a ) La existencia de intencionalidad.

b ) Plazo de tiempo durante el que se haya venido cometiendo la infracción.

c ) La reincidencia por comisión de infracciones de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme.

d ) La naturaleza y cuantía de los perjuicios causados.

e ) Los beneficios obtenidos por la infracción.

f ) Volumen de facturación a que afecte la infracción cometida.